Google

martes, 9 de diciembre de 2008

Hacienda no exigirá declaración a los extranjeros que compren deuda española

Plan de rescate a la banca de hasta 50.000 millones de euros. Plan de avales para estas entidades de hasta 100.000 millones más. Líneas de avales del ICO para construir viviendas protegidas por valor de otros 10.000 millones. Líneas ICO para pymes de otros 10.000 y un largo suma y sigue de compromisos financieros del Estado que ha disparado las necesidades de emisión de deuda de España y de atracción de inversores con liquidez.

En ese entorno, el Gobierno ha pensado que lo más conveniente es que se eliminen trabas a la comercialización de las letras, obligaciones o bonos. ¿Por qué? Pues porque el resto de economías de nuestro entorno se prepara igualmente para emitir volúmenes récord de deuda, lo que significa que se ha dado el banderazo de salida para lograr que inversores privados adquieran los títulos de deuda emitidos para poder pagar el presupuesto de los planes de rescate abordados para intentar combatir la crisis.

Y ahí es donde entra el cambio en cuestión que pretende aprobar el Gobierno y que ha sido pactado con CIU a través de una enmienda a la ley que suprime el Impuesto de Patrimonio y modifica «otras normas tributarias», ahora en tramitación en el Senado. La modificación supone literalmente eximir de la obligación de declarar a los no residentes en España por las rentas derivadas de la deuda pública y exentas ya del pago fiscal.

Por extensión, la medida afectará a la deuda privada (acciones preferentes y otros instrumentos de deuda) emitidas por bancos y otras grandes empresas en el caso de que los inversores no sean residentes en España. El cambio legal, de hecho, se complementa con otra enmienda, igualmente transaccional, que traslada el efecto a la regulación de la deuda privada (incluida en la Ley 13/1985).

La medida supone la eliminación de trabas para comercializar bonos, letras y obligaciones Los expertos y fuentes de la Administración consultados por EXPANSIÓN afirman que la medida supondrá un importante incremento del atractivo de la deuda emitida desde España.

Por un lado, por la eliminación del deber de declarar a Hacienda los beneficios obtenidos gracias a la inversión en estos productos. La declaración no buscaba hasta ahora un fin recaudatorio, puesto que los no residentes no pagan impuestos por estos beneficios, sino que la recopilación de los datos económicos y fiscales de los no residentes se convertía exclusivamente en un motivo de control de sus movimientos.

Además, debe tenerse en cuenta que la exención de pago de impuestos afecta sólo a los no residentes, por lo que el sistema de control pretendía garantizar que no existiese fraude a través de la supuesta compra de deuda por nacionales que se hacían pasar por extranjeros.

Fuentes conocedoras de la reforma aclaran que, por otra parte, la eliminación del deber de declarar supondrá una importante reducción de trámites de control y papeleo que se convertían en costes en la comercialización y, por tanto, en pérdidas de atractivo de los compradores al adquirir estos títulos en los mercados internacionales.

Actualmente, entre los trámites de control figuraba la intermediación por las Cámaras internacionales de compensación (Clairstream y Euroclear), donde surgía la obligación de aportar certificados o listas para aclarar si los inversores eran realmente no residentes. Esa obligación deja de existir.

Fuentes de la Administración aclaran que en caso de que se trate de personas físicas residentes, esa información se podría obtener por otra vía: «La Directiva del Ahorro y el intercambio de información entre países que regula». España no es el único país que ha optado por este camino de eliminar el deber de declarar y reducir trámites. De hecho, sigue la estela de Francia o Reino Unido.

Los expertos aseguran que en la adopción de la medida ha primado más la visión del Tesoro y de los emisores de deuda privada que la estrictamente fiscal, algo que encaja en el contexto actual de fuerte necesidad de colocación de la creciente deuda española en los mercados.

Una abultada hipoteca para las arcas públicas

Una vez abierta la caja de la deuda, es muy difícil cerrarla. La alarma que han lanzado los analistas coincide con las advertencias de las agencias de rating, que ya tienen puesta la lupa sobre las arcas españolas, que, por ahora, gozan de la máxima calificación (AAA).

Los expertos alertan de que pronto podría invertirse esa tendencia, basándose en los presupuestos para 2009: el Gobierno ya admite que los planes de ayuda elevarán la deuda pública entre 2,7 y 2,8 puntos, con lo que superará el 41% del PIB. Esta ratio supone un hito para España, que había conseguido mantener una tendencia descendente de la deuda desde que se lanzó Maastricht, que exigía que la ratio de deuda fuera inferior al 60%.

La situación puede empeorar más, según cómo evolucione el plan de rescate a la banca del Gobierno de hasta 50.000 millones. Si la compra de activos que realiza el Estado con esos fondos reviste la más mínima duda de albergar activos de dudoso cobro, los mercados descontarán que España puede estar más afectada por la crisis de lo previsto, lo que supondría una penalización en la imagen de toda la masa de deuda comercializada.

Así, debería pagarse más intereses en cada futura emisión adicional. El coste adicional podría ser de 500 millones al año. La deuda española tiene otro importante lastre: el elevado diferencial de rentabilidad que el bono español a diez años tiene respecto del alemán. Los inversores exigen casi 72 puntos básicos más de rendimiento al bono nacional que al germano.

(Noticia extraída de Expansión)

No hay comentarios: