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sábado, 13 de diciembre de 2008

Exenciones en el IAE para las sociedades mercantiles

Según la Ley de Haciendas Locales, artículo 82 c,

- Están exentas del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), las sociedades cuya cifra de negocios sea inferior a 1.000.000 de euros.

Según la Ley de Haciendas Locales, artículo 82, 1 b, están exentas del pago del IAE,

- Las sociedades que hayan iniciado su actividad, están exentas durante los dos primeros años del pago del IAE.

¿Dónde debe solicitarse estas exenciones?.

En la declaración censal, en el modelo 036.

En el caso de dejar de disfrutar de las exenciones en el pago del IAE, ¿cuándo debe procederse a presentar la declaración de alta en este impuesto?. En el mes de diciembre del año anterior al que se esté obligado a pagar este impuesto, mediante el modelo 840. Habrá que presentar el modelo 840 por cada actividad que ejerza.

En ContaFisca

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