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martes, 13 de mayo de 2008

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jueves, 8 de mayo de 2008

BORRADORES RENTA

Ya llevamos unos cuantos días haciendo declaraciones de renta y me he dado cuenta de que la confección del borrador por parte de Hacienda es muy objetiva: los beneficios para ellos.
Si cogemos el borrador de cualquier autónomo con nómina (por ejemplo, la de un administrador de una sociedad) veremos que en los datos fiscales nos viene la cantidad pagada en concepto de autónomos pero no así como gasto deducible en los rendimientos de trabajo.
Si vemos el borrador de una madre soltera, la forma de tributación siempre es individual, nunca conjunta, cuando puede ser que el sujeto pasivo viva o no viva con su compañero o que el padre de la criatura acepte o no el nacimiento de su hijo.
Si vemos los datos fiscales de contribuyentes con hipotecas, vemos que figura las cantidades pagadas tanto en concepto de intereses como de amortización de capital pero si vemos el borrador, en muchos casos, no se aplica la deducción por vivienda habitual.
Estos son los casos mas frecuentes que en estos pocos días he podido observar.
Con ello no estoy diciendo que el borrador esté mal hecho, ya que no es vinculante y está sujeto a correcciones, pero si es bien cierto que cuánta gente habrá ratificado el borrador porque la cantidad que les salia a devolver era de su agrado, cuando si hubiesen perdido cinco minutos y hubiesen hecho la renta, lo más probable es que esa cantidad a devolver se hubiese visto incrementada.
Tampoco quiero que Ustedes piense que Hacienda les está engañando, ya que nadie tiene la bolita de cristal para saber cuál es la situación personal de cada familia. En cuanto a los ejemplos puestos anteriormente:
1.- Hacienda les puede decir que es correcto que reconocen el pago de autónomos pero que no pueden saber si pertenecen al rendimiento de trabajo declarado o es que se está desempeñando una actividad (aunque deberían de tener un modelo 036 de alta),
2.- En el caso de la madre soltera, Hacienda puede decirnos que no sabe si los progenitores viven juntos o no y en caso de vivir separados si cada progenitor se deducirá el cincuenta por ciento del descendiente. Recordemos que nunca pueden haber dos unidades familiares donde el descendiente sea el mismo.
3.- Por último, en el caso de las hipotecas, Hacienda puede decirnos que el importe inicial de la hipoteca es, por ejemplo, superior al coste de adquisición de la vivienda y que no sabe qué porcentaje debe aplicar.
Con todo ello, lo único que quiero comunicar es que las declaraciones de renta siempre hay que hacerlas, independientemente de que tengamos un borrador. Puede ser que la declaración confeccionada coincida con el borrador, en ese caso lo validamos y esperamos a que nos devuelvan.

lunes, 5 de mayo de 2008

Nuevos Modelos para Sucesiones y Donaciones del Gobierno de Canarias

Desde el pasado 1 de mayo entrarón ne vigor los nuevos modelos para sucesiones y donaciones, en concreto son los siguientes:

  1. modelo 660 de declaración de sucesiones
  2. modelo 650 de autoliquidación de sucesiones
  3. modelo 651 de autoliquidación de donaciones
  4. modelo 652 de autoliquidación de seguros de vida
  5. modelo 653 de autoliquidación de consolidación de dominio.
Es por esto que les dejo adjunta la resolución del Gobierno de Canarias, en la que se trata el tema y la opción del canje de los antiguos modelos por los nuevos.



Información extraida de : Conoce Tus Impuestos.

jueves, 1 de mayo de 2008

CORRECTIVO A HACIENDA

Fue un gran placer leer el artículo de Expansión (La Justicia endurece los requisitos de Hacienda para lanzar paralelas) donde el Tribunal Superior de Valencia comienza a poner trabas a los "intocables" inspectores de nuestra querida Hacienda Pública.
Nos dice: "La falta de explicación de los contribuyentes no es suficiente motivo para lanzar una paralela, En las liquidaciones provisionales debe ser la Inspección la que explique en qué ha consistido el error cometido o las posibles infracciones legales. De lo contrario, las actuaciones de Hacienda serán nulas".
Ya era hora que alguien los pusiese en su sitio. Ante nuestra Hacienda TODOS somos culpables mientras no demostremos lo contrario. No señor, si Usted me lanza una paralela, que si procede es su obligación, me dice y me demuestra donde se ha cometido el error y seré yo, el sujeto pasivo,
quien me defienda con documentos. Hasta ahora estamos acostumbrados a recibir paralelas y personarnos en la "casa de todos" con sudores fríos y sin saber por dónde nos vendrá la bofetada.
Aplaudo la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Valencia, aplaudo la setencia que apoya al contribuyente ante la magnífica Hacienda en casos de "abuso de autoridad" y de nulas explicaciones ante el contribuyente y aplaudiré todas aquellas sentencias que sean racionales y justas donde en caso de reclamación lo primero que deben decirnos es qué es lo que se reclama.
Actualmente, dicho por funcionarios de Hacienda, han llevado a cabo un recorte bastante significativo de personal y eso lo podemos ver todos cuando vamos a las administraciones. Es vergonzoso que mientras que unos funcionarios están trabajando ,porque para eso se les paga, el contribuyente de "a pie" pueda perder toda una mañana porque ha recibido una carta de la AEAT e imperiosamente debe de acudir a escuchar al de turno que le falta un papel, que no ha presentado un modelo cualquiera o vete a saber el qué. Nosostros, los ciudadanos de "a pie" como no trabajamos y podemos perder dos, tres, cuatro, ... horas, estamos como ovejas sentados en una sillita viendo como nos ponen los numeritos de los turnos. No se debe jugar con el tiempo de los demás, los demás tenemos que trabajar y llevar un sueldo a casa para poder pagar la hipoteca y si sobra algo comer. Pero aquí no está todo , te requieren por la no presentación de un modelo cualquiera y resulta que el mismo ha sido pagado en tiempo y forma, se hacen una fotocopia y ahí acaba todo. El señor funcionario sigue con su trabajo y nosotros, los ciudadanos de "a pie" salimos corriendo a nuestro trabajo.
Pero señores, porqué deben molestar al contribuyente, cuando en la mayoría de los casos el error viene producido por errores informaticos de Hacienda o porque como no tienen personal suficiente no pueden perder el tiempo e ir a buscar la documentación oportuna a los archivos. Creo que es una gran falta de consideración para con nosotros.
Por todo esto y muchas cosas más, me alegro de la sentencia. Los que por gracia o desgracia debemos de frecuentar ,por trabajo, asiduamente las diferentes administraciones nos echamos las manos a la cabeza de ver tanta incompetencia y la poca comprensión que tienen con los contribuyentes.
Animo a todos los Tribunales a que defiendan nuestros derechos, también animo a Hacienda para que haga su trabajo con aquellos contribuyentes que no cumplen con sus obligaciones, pero siempre siendo comprensivos y entendiendo que nosotros también trabajamos.